Que la legislatura del mismo se ha servido dirigirme el Decreto que sigue:
Número 22.- La H. Legislatura del Estado Labre y Soberano de Veracruz Llave, en el nombre del Pueblo Decreta.
Articulo1º- Se erige en municipalidad del Cantón de Jalapa bajo en nombre de Las Vigas, la comarca comprendida en las congregaciones de Las Vigas, Jonotal, Ranchillos, Toxtlacoaya, Piedra Parada que se agrega de La Municipalidad de Tatatila.- Articulo 2º el pueblo de Las Vigas será la cabecera de La Municipalidad y su fondo legal se compondrá de las SEISCIENTAS que por cada punto cardinal se han concedido en Leyes anteriores para la erección de otros pueblos.
- Articulo 3º Para las elecciones de Autoridades Locales del Pueblo de Las Vigas, se sujetará la Municipalidad a las disposiciones vigentes. Dado en el salón de sesiones de la H. Legislatura. Jalapa Noviembre de 1873.
Manuel Maria Alba Teodoro A. Dehesa
Diputado vicepresidente Diputado Secretario
En 1878, por decreto Núm. 14 de 14 de junio, la H. Legislatura ordenó, que la Congregación de Piedra Parada, Regresará al Municipio de Tatatila, segregándose de Las Vigas.
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